Orden de Vedas de Andalucía 2011/12
15/6/2011
Artículo 6. Perdiz roja, liebre, codorniz, becada y resto de
especies de caza menor.
Se podrá cazar todos los días de la semana desde el primer
domingo del período comprendido entre el 6 de octubre y
el 3 de enero, con las siguientes excepciones:
1. El período hábil para la becada será desde el 1 de noviembre al 31 de enero.
2. Se podrán seguir corriendo liebres con galgos atraillados
hasta el 31 de enero, siempre que esta modalidad de caza
esté autorizada expresamente en el correspondiente plan técnico de caza. No podrán portarse armas de fuego, y sólo se permite la suelta de dos galgos por liebre.
3. Se podrán seguir cazando liebres con Azor y Águila
Harries hasta el 31 de enero, siempre que se encuentre aprobada como modalidad la cetrería en el correspondiente plan técnico de caza.
4. El período hábil para las perdices, ánades reales, faisanes,codornices, paloma zurita y paloma bravía, objeto de suelta en escenarios de caza será hasta el 31 de marzo.
Por Miguel Minondo
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